4 de julio de 2024

Inicia consulta pública de Ley Orgánica para la defensa del Esequibo

Aprobada por unanimidad en la AN para garantizar la soberanía e integridad territorial del país

En las instalaciones del Salón Protocolar del Palacio Federal Legislativo, se dio inicio a la Consulta Pública de la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, como parte de un gran proceso nacional que se realizará durante los próximos días, amplio y expedito. Así lo destacó el vicepresidente de la Comisión de Política Interior de la AN, Julio García Zerpa.

El parlamentario indicó que: “En la Ley se hace un relato histórico de todo lo que ha pasado, recomiendo que se estudie, hay que darle contenido. No solo debe quedarse en emoción”

Seguidamente, destacó que es un instrumento que a partir de este momento debe abrir un debate entre todas y todos los venezolanos.

Además, expresó Zerpa que «la soberanía se ejerce con la decisión del pueblo venezolano, con el sufragio ejercido en el proceso electoral. Como venezolanos no reconocemos otro documento que no sea el Acuerdo de Ginebra (1966)”, destacó.

P. Infante: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la que define los pasos a seguir

Por su parte, el primer vicepresidente de la AN, diputado Pedro Infante, resaltó que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la que define los pasos a seguir. “Estamos defendiendo la Constitución y las luchas históricas”, dijo.

Asimismo, subrayó que las instituciones del país deben estar vigilantes de que el mapa de Venezuela esté completo. “Esta Ley dibuja la ruta, el camino y la agenda del qué hacer, por eso el debate debe estar presente en todos los espacios”.

Aparte de los diputados a la Asamblea Nacional, participan miembros de distintos sectores del país como el Poder Popular, estudiantes, autoridades de Estado, de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), entre otros.

Propuesta presentada por el diputado, Diosdado Cabello

Cabe destacar que, la propuesta fue presentada por el diputado Diosdado Cabello, quien expuso que el instrumento establece un conjunto de medios y mecanismos orientados a la defensa del Esequibo, actualmente usurpado por la República Cooperativa de Guyana como resultado del írrito Laudo Arbitral de 1899.

El primer capítulo de esta ley declara el carácter írrito del Laudo Arbitral de París. El segundo ordena la creación del estado Guayana Esequiba dentro de la organización político territorial de la República
El tercer capítulo se refiere a la protección de la Guayana Esequiba, con la regulación de uso del mapa político de la República y la declaratoria de toda la información que guarde relación, directa e indirecta, con el territorio de la Guayana Esequiba como documento histórico de la nación.

Y el último capítulo contiene las disposiciones transitorias que establecen un régimen de ejercicio del Poder Público hasta tanto se alcance una solución, práctica y mutuamente aceptable, con la República Cooperativa de Guyana en torno a la controversia territorial y puedan realizarse procesos electorales en la Guayana Esequiba.

Las anteriores establecen que hasta que no se celebren elecciones, el Presidente de la República designará un Jefe o jefatura de Gobierno que estará asentado en Tumeremo, municipio Sifontes del estado Bolívar.