2 de julio de 2024

Proceso de actualización anual de la Declaración Jurada de Patrimonio inicia en julio

La actualización de la DJP va de conformidad con lo establecido en el articulo 30 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción

Desde este 01 hasta el 31 de julio del presente año, inicia el proceso de actualización anual de la Declaración Jurada de Patrimonio donde las máximas autoridades y funcionarios que ejercen cargos de alto nivel o de confianza en los órganos y entes del Poder Público nacional, estatal y municipal deberán presentar su DJP a través del portal web de la Contraloría General de la República.

La Contraloría General de la República cada año toma las previsiones y comienza la campaña de concientización para los usuarios que deben realizar su actualización de la Declaración Jurada del Patrimonio, un mes antes de la apertura del lapso establecido para actualizar los datos de la declaración, comienzan los recordatorios por los medios electrónicos proporcionados por los usuarios.

El contralor general de la República (E), Dr. Jhosnel Peraza Machado, informó que fueron incorporados otros navegadores web como Opera, Google Crome, Safari que facilitarán la actualización de la DJP para los altos funcionarios y personal de confianza de la Administración Pública Nacional. Estos servicios, en conjunto con Mozzilla Firefox, maximizarán el proceso de actualización a partir del 1 de julio.

Es por ello que la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información, les recuerda sobre la importancia de realizar la Declaración Jurada del Patrimonio y su respectiva actualización. ¡Evita ser Sancionado!

Vale acotar que la Declaración Jurada de Patrimonio es un instrumento de prevención y lucha contra la corrupción, es un documento de la situación patrimonial del declarante y su grupo familiar, se realiza en formato electrónico bajo fe de juramento de expresar la veracidad de los datos aportados.

Es importante que al realizar su declaración se disponga de toda la información patrimonial (activos y pasivos), incluyendo los bienes y obligaciones de su grupo familiar: cónyuge, concubino o persona con quien mantienen una unión estable de hecho y los hijos menores de edad sometidos a su potestad.

¿Quienes deben hacer la Declaración Jurada de Patrimonio?

  • Los funcionarios y Funcionarias.
  • Empleados y Empleadas.
  • Obreros y Obreras del Sector Público.

¿Quienes deben hacer la actualización de la Declaración Jurada de Patrimonio?

La actualización de la DJP deben hacerla los funcionarios que ocupen cargos de Alto Nivel y de Confianza, de conformidad con lo establecido en el articulo 30 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción establece:

«Articulo 30: Las máximas autoridades, funcionarias públicas y funcionarios públicos que ejercen cargos de alto nivel y de confianza de los órganos y entes señalados en los numerales del 1 al 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, deben actualizar anualmente la Declaración Jurada de Patrimonio».

Del mismo modo la Resolución N.° 01-00-000160 de fecha 23 de febrero del 2016, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.° 40,905 desglosa los funcionarios quienes presentaran la actualización de la Declaración Jurada del Patrimonio.

Altos Funcionarios de la República.

➤ Directores Generales

Directores de Línea

Subdirectores

Coordinadores

➤ Auditor Interno

Cuentadantes

Tesorero

Cualquier otro cargo que la institución respectiva de acuerdo a su manual descriptivo de cargos, catalogue como máxima autoridad o alto nivel.

Según lo establecido en la Resolución Ν.° 01-00 -000160 de fecha 23 de febrero del año 2016 el incumplimiento a esta obligación, será sancionada de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción, sin perjuicio de la medida de suspensión de sueldo que pueda imponer el Contralor General de la República en atención a lo previsto en el artículo 38 de la mencionada ley.

Al respecto, es importante señalar que el articulo 38 establece:

«Artículo 38: Con independencia a las a las responsabilidades civiles, penales, administrativas o disciplinarias que puedan tener lugar, serán sancionadas o sancionados, con multa equivalente de cien (100) a mil (1000) unidades del tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela, vigente para el momento del pago.»

El lapso para realizar la actualización de la declaración es entre el 1 al 31 de julio de 2024.

Pasos a seguir para realizar la Declaración Jurada del Patrimonio

  1. Ingresar al portal digital www.cgr.gob.ve seleccionar el enlace «Funcionario y Empleados Publicos Declare Aquí».
  2. Suministrar la información detallada de los activos y pasivos del declarante y su grupo familiar. Entre los que f gura efectivo en bancos nacionales e internacionales, muebles, inmuebles, cuentas por cobrar y cuentas por pagar, entre otros.
  3. Verif icar la exactitud de los datos ingresados en el sistema.
  4. Confimar e imprimir comprobante.