TSJ decreta retorno inmediato de la niña Maikelys Espinoza

De acuerdo con los acuerdos y tratados que Venezuela ha ratificado, la Sala subraya la supremacía absoluta del interés superior de la niña, dictando medidas preventivas para la reunificación familiar con su madre, Yorely Escarleth Bernal Inciarte, que vive en territorio de Venezuela

La Sala Constitucional Político-Administrativa y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió la sentencia número 129, correspondiente al expediente 25-196. En esta decisión, se ordena a la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de Estados Unidos (EE.UU.) el retorno inmediato de la niña Maikelys Espinoza, quien se encuentra actualmente secuestrada por ese país.

El fallo dicta que es necesario asegurar un regreso seguro y saludable de la menor a Venezuela. Además, se dispone notificar y enviar una copia certificada de la decisión al Ministerio Público, así como a la Oficina de Relaciones Consulares de Venezuela. Todo esto, con el propósito de proteger los derechos de la familia venezolana y respetar las leyes internacionales. Además, el TSJ se reconoce como competente para examinar el caso de Maikelys, quien se encuentra secuestrada por Estados Unidos, lejos de su familia.

De acuerdo con los acuerdos y tratados que Venezuela ha ratificado, la Sala subraya la supremacía absoluta del interés superior de la niña, dictando medidas preventivas para la reunificación familiar con su madre, Yorely Escarleth Bernal Inciarte, que vive en territorio de Venezuela.

Por último, la Sala Constitucional del TSJ concede a su madre la custodia de la niña, reconociendo de esta manera el derecho intrínseco a la patria potestad. Así, Venezuela reafirma su compromiso con la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Adicionales.