Caracas, 5 de agosto de 2026
Ante el inicio de la temporada vacacional, el Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Idenna) recordó la documentación obligatoria exigida para el traslado de menores de edad dentro y fuera del territorio nacional cuando no viajen acompañados por ambos padres.
De acuerdo con la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna), las regulaciones son de cumplimiento estricto en todos los puntos de control terrestre, terminales y aeropuertos del país, requiriéndose autorización ante un Consejo de Protección o Notaría Pública en caso de viajar solos o con terceros, y un permiso emitido por un Tribunal de Protección si el traslado al exterior se realiza con un solo progenitor.
Para completar el trámite, las madres, padres o representantes legales deben presentar original y copia de la partida de nacimiento del menor, cédula de identidad a partir de los 9 años y comprobante de residencia reciente; asimismo, para itinerarios internacionales se exigirá pasaporte vigente y boletos con el detalle correspondiente.
Autoridades del sector instaron a la ciudadanía a prever estas gestiones para evitar contratiempos, toda vez que el incumplimiento de la norma acarreará el impedimento de abordaje en unidades de transporte o vuelos, la pérdida de boletos sin reembolso y el inicio de procesos administrativos en salvaguarda de la integridad de la infancia venezolana.
¡SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES!
Instagram | WhatsApp | Facebook | Telegram | YouTube | Threads